Por Gonzalo
Chicote
Tal como diera cuenta iProfesional.com, el sindicato de
camioneros es uno de los más afectados por la falta de actualización en
el denominado mínimo no imponible (MNI), ya que fue
uno de los más beneficiados a la hora de negociar los aumentos en las
paritarias.
Pero no sólo ellos se muestran disconformes. En la
actualidad, más de 1.700.000 asalariados se encuentran
alcanzados por el impuesto que reduce su sueldo mes a mes. Más aun, se
estima que superarán los 2 millones a fin de año, si no hay cambios en los
próximos meses.
Por esta razón, las protestas que encabezó el líder de la
CGT fueron compartidas conceptualmente por muchos empleados que se ven afectados
y que no coinciden con las afirmaciones de la presidenta Cristina
Kirchner, cuando se refirió al gravamen como un
impuesto a los altos ingresos.
Y fue justamente esta
frase la que ha generado el mayor malhumor, ya que una
comparación con los principales indicadores -que se utilizan para medir los
niveles de ingresos- dan cuenta de una deficiente actualización de los
parámetros del gravamen.
Al respecto, el consultor tributario
Iván Sasovsky destacó que "la falta de reconocimiento por parte del Estado de la
actualización de los valores en el Ganancias genera un desfasaje
peligroso frente a la capacidad contributiva real de la
población, ya que una de las variables se mantiene
estática (o sin la movilidad suficiente) a valores nominales, cuando las demás
fluctúan a valores reales a lo largo del tiempo".
Ocurre que, comparado
con varios indicadores -como el Salario Mínimo Vital y Móvil, el aumento en las
remuneraciones logrado en las paritarias, la inflación y la evolución de los
ingresos en dólares- los valores del mínimo no imponible fueron
retrasando su marcha.
Así, según Sasovsky, se termina
sometiendo al pago de impuestos a la población sobre
valores nominales, que nada tienen que ver con la verdadera
manifestación de riqueza necesaria para la configuración del hecho imponible,
convirtiendo "virtualmente" en ricos a quienes no lo son.
Del mismo modo, la consultora Betina Yerien destacó que "a través de los
años y producto de la inflación constante en nuestro país, las tablas y valores
a los cuales está sujeta la determinación del impuesto se fueron
alejando de la situación real, distorsionando el espíritu del mismo".
"Cada vez más personas de clase media (desde empleados en relación de
dependencia hasta profesionales y comerciantes) comenzaron a ver su
renta disminuida en valores irrisorios a su entender",
disparó.
Un aumento
disparejo
La especialista explicó que actualmente vuelve a
consideración el tema del mínimo no imponible en Ganancias gracias a esta
interminable carrera de aumento de salarios,
inflación y alza de deducciones personales a modo de "parche"
frente a la situación real.
En efecto, en cuanto a las subas salariales,
basta comparar las cifras para detectar que la
actualización realizada durante los últimos tres años,
si bien fue necesaria, también resultó acotada.
En el
siguiente cuadro se muestra tal comparativo:
Esos puntos de diferencia que se dieron en los últimos años han hecho que
cada vez sean más los dependientes que quedan en la órbita del gravamen.
Y esto es lo que produjo que, desde el 2007 a la fecha,
se haya triplicado la cantidad de empleados que ven como, mes a
mes, se reducen sus ingresos en favor de las arcas del Estado.
Pero
existen otros factores que demuestran que las deducciones que pueden computar
los asalariados (incluidas en el artículo 23 de la Ley) están desactualizadas,
tal como la inflación.
En este sentido, el Instituto
Argentino de Análisis Fiscal (IARAF), destacó que "mientras el índice de precios
mayoristas calculado por el INDEC aumentó entre diciembre de 2001 y
abril de 2012 un 425%, los mínimos y deducciones del impuesto fueron
ajustados para trabajadores casados y con dos hijos en
un 380%".
En este contexto, la variación de
precios versus el aumento del MNI produjo que el poder adquisitivo de
los empleados en relación de dependencia fuera cada vez más
reducido.
Salario Mínimo Vital y
Móvil versus mínimo no imponible
Otro de los factores que
demuestra que la frase de la Presidenta es, de alguna manera, cuestionable,
surge de la comparación del Salario Mínimo Vital y Móvil con el mínimo no
imponible.
Tal como demuestra el siguiente cuadro, los aumentos
del MNI también fueron escasos, comparados con el SMVM:
Así, mientras en el 2009 el MNI representaba casi 4 veces el SMVM, en
la actualidad la brecha se achicó a 3,5.
Consultado al respecto,
Gastón Vidal Quera, Director del Departamento de Impuestos del Estudio J P
O´Farrell Abogados, explicó que "los aumentos de sueldos de los últimos años,
que se reflejan entre otros aspectos en la evolución del Salario Mínimo Vital y
Móvil, produjeron importantes beneficios para los trabajadores, pero
también para el Estado nacional, producto de la mayor recaudación de
Ganancias".
"Ello por cuanto el atraso en el mínimo no imponible
ha llevado a que muchos empleados no perciban tanto el incremento,
producto del mayor impacto del impuesto", agregó el especialista.
El piso
"debería ajustarse en un 20% por lo menos, y
también resultaría necesario modificar las escalas actuales del tributo para las
personas físicas, ya que se da la situación de que cada vez más gente paga
Ganancias, sin estar en verdaderas situaciones que ameritan tributar", concluyó
Vidal Quera.
Salarios en dólares y Canasta
familiar
Al momento de realizar un comparativo, Sasovsky
analizó cómo fue la variación de los salarios en dólares respeto al
impuesto.
"Si observamos los valores en moneda contante (dólares),
se pueden identificar las variaciones regresivas del impuesto de manera
sencilla, independientemente de la variable del efecto inflacionario",
expresó el tributarista.
"Como se puede observar, la falta de actualización de las alícuotas
aplicables a las personas físicas plantea un incremento del impuesto real
que llega a superar en 2,5 veces el tributo que se pagaba hace poco más
de una década, sobre la misma ganancia neta", sostuvo Sasovsky.
Y destacó que "la propia ausencia de actualización de los valores genera
una disminución de la 'progresividad' pretendida por esta forma de gravar el
tributo; dado que a valores más bajos de renta el impuesto crece más
rápidamente, en proporción a quienes ganan más".
Por otra parte,
el especialista remarcó que "la mera comparación entre variables del propio
gravamen nos puede llevar a perder de vista la variación de éstas sobre
otros parámetros presentes en la vida cotidiana".
Sasovsky
explicó que "del comparativo de las magnitudes tenidas en cuenta para la
determinación del tributo que nos ocupa y del valor de la Canasta Familiar (a
valores INDEC), surge que los valores de las variables relativas al Impuesto a
las Ganancias se han incrementado en un 20% en los últimos 5
años".
Una deuda
pendiente
Sin dejar de lado la necesidad de aumentar los
valores del artículo 23 de la Ley del tributo, los especialistas explicaron que
aún queda una deuda pendiente: modificar las escalas del artículo 90 de
la norma.
"El Impuesto a las Ganancias es por naturaleza
progresivo, por lo que a medida que aumenta la capacidad contributiva -o
ganancia neta en este caso-, la tasa aplicable debe ser mayor. Es decir que
el gravamen debe subir más que proporcionalmente al monto de renta
percibida", destacó el consultor tributario Orlando
Gualtieri.
"Sin embargo, con sólo realizar un simple cálculo, puede
constatarse que con un sueldo de $40.000 mensuales, se llega a una tasa
sólo 3 puntos por debajo de la máxima establecida en el artículo 90",
explicó el especialista.
En efecto, un dependiente con esos ingresos, que
está casado y tiene dos hijos, termina abonando una tasa efectiva del 32
por ciento.
De esta manera, según Gualtieri, la alícuota máxima (del 35%) será alcanzada
por quienes obtengan ingresos que superan los $90.000 por mes, sin que surjan
escalones intermedios significativos, impactando así con altas tasas
rentas muy bajas.
"Y no sólo eso sino que, medido en términos
efectivos, quienes obtienen montos mayores soportarán una tasa que será
relativamente baja en comparación a los que sufrirán los de las escalas
anteriores", indicó el experto.
Y concluyó: "Por esta razón, y sin
perjuicio de las consideraciones acerca del mínimo no imponible, es
mucho más urgente hacer una modificación de la tabla del artículo
90".
En el mismo sentido se expresó Mario Buedo, socio del
estudio Montero & Asociados, quién destacó que "una de las cosas que habría
que cambiar es el artículo 90 de la Ley de Impuesto a las Ganancias, que está
vigente desde enero del 2.000 y cuya progresividad se ha desvirtuado
totalmente, ya que el primer tramo de la escala va de $0 a $10.000,
donde esta última cifra era equivalente a 10.000 dólares".
"Si tenemos
en cuenta cuánto se ha disminuido el poder adquisitivo de esos $10.000 desde el
año 2000 a la fecha se puede entender cómo se desvirtuó el concepto de
capacidad contributiva que conlleva el hecho de tener ingresos cada vez
menores a partir de los cuales se empieza a tributar el gravamen", remarcó el
especialista.
Así, según los expertos, no sólo corresponderá adecuar los
valores de las deducciones del artículo 23 -entre los que se encuentran la
ganancia no imponible y los descuentos por cargas de familia-, sino que
también será necesario adaptar las cifras de las escalas del artículo 90
de la Ley de Ganancias.
Impuestos, 02 de julio de 2012.
Especialistas consultados por iProfesional.com dan
cuenta de cómo evolucionó el mínimo no imponible en base a algunos indicadores,
como el Salario Mínimo Vital y Móvil, la inflación, los incrementos logrados en
las paritarias y la escalada de sueldos en dólares. Las conclusiones en cada
caso
El Impuesto a las Ganancias ocupó el centro de todas las miradas, desde el
momento en que el líder de la CGT, Hugo Moyano, comenzó a reclamar la
eliminación del gravamen que recae sobre los empleados en relación de
dependencia.
Fuente:
IProfesional
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